sábado, 18 de mayo de 2013

JUICIO POLITICO A LA CRISTINA FERNANDEZ


Destitución K, ¿golpismo o clamor popular?
UN POLÉMICO DEBATE
Asfixia social, parálisis política y la encrucijada de esta hora.
Es un momento casi dramático, dólar blue superando los diez pesos, leyes contra la independencia de la justicia, monopolio K mediático, desfalcos multimillonarios en valijas que se multiplican, bóvedas que esconden algo más que muertos, lavado de dinero y excarcelaciones para los convictos de la peor ralea; en este marco una clase política condescendiente con los niveles de pobreza e inseguridad que suben al máximo histórico, muertes (51 en Once, 360 extraoficiales en La Plata) evitables.
¿Hay formas democráticas de proteger los derechos de la clase trabajadora que es el 80% de la población? ¿Hay mecanismos que nos liberen del populismo pseudoprogresista? ¿Podemos escapar de este callejón sin salida sin forzar el quiebre institucional? Son miles los que creen que si es posible antes que se genere un estallido social o una implosión (no sabría que es peor), y en esto coinciden los más importantes analistas sociopolíticos del país.
Aplicar la constitución sin golpear las puertas de los cuarteles: el delicado equilibrio de la democracia.
El artículo 53 dice: Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.
El artículo 59 dice: Al Senado corresponde juzgar en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto.
Cuando el acusado sea el presidente de la Nación, el Senado será presidido por el presidente de la Corte Suprema. Ninguno será declarado culpable sino a mayoría de los dos tercios de los miembros presentes.
Así que vemos que es posible celebrar el juicio político a la presidente y con ello su destitución constitucional, como la que realizó el parlamento paraguayo en su país.
El artículo 29 dice: El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
Esto no es incitar a un golpe de estado clásico (obsoleto y reprobable siempre). Aplicar la constitución impedirá una próxima reforma de la misma, (impulsada por el kirchnerismo) para facilitar la reelección de Cristina.
La destitución no es antidemocrática, si no pro institucional, la Constitución carece de espíritu golpista.
Muchos creen que el discurso anti K es antidemocrático y progolpista, pero esto es una falacia: el cristinismo no es el adalid de las libertades democráticas ni sus únicos defensores; ser destituyente hoy significa aplicar la legalidad de la constitución sin fueros ni privilegios.
Destituir hoy a Cristina Fernández no genera ningún riesgo para la democracia ni para las instituciones, ese fantasma golpista no existe ya que los argentinos jamás tolerarían otro golpe cívico militar, que se ha probado es un grave error. La alternativa no es Cristina o los militares, y debería ser Cristina o la República; aunque suene muy amarga esta ultima consigna para las legiones de focas K (porque tienen el agua hasta el cuello y ellos siguen aplaudiendo).
Juicio político y desobediencia civil: recursos de defensa ciudadana.
No pagar impuestos no es un delito como se azuza y amedrenta al colectivo civil, la protesta y movilizaciones en las calles no son reaccionarias sino legitimas, el cacerolazo y la desobediencia civil también son recursos que tenemos contra un estado que arrasa los derechos civiles y jurídicos. Es legitima la defensa del pueblo cuando un poder omnímodo y caprichoso desestructura todos los andamiajes que componen nuestra sociedad. No es reaccionario ni gorila ni golpista: es legítimo y democrático. Aunque es verdad que son etapas preliminares e imperfectas que deben desembocar en la destitución constitucional.
Entre la derecha gorila y la izquierda anárquica, el camino central de la constitución nacional.
La actual polaridad ideológica del país llevó a décadas sangrientas de luchas fratricidas, cada sector se creía iluminado por la historia para cambiar el curso de gobiernos corruptos, pero existe una creciente tendencia mundial a una tercera posición, a los matices entre los extremos, estas variables tienen como base la aplicación irrestricta de la letra y espíritu de la constitución nacional en un estado plenamente democrático. Esta posición de centro permite enjuiciar y destituir a cualquier político corrupto sin que corra riesgos la democracia. El maniqueísmo entre militares que toman el poder (lo cual es un error) y los así llamados revolucionarios que incendian un país en la protesta, es el tiempo de no seguir sus tentaciones y encontrar un camino donde la Constitución realmente se cumpla.
Defendernos de los totalitarismos sin caer en extremos detestables es el menudo desafío a la madurez de nuestra condicionada democracia.
Pedro Alejandro Ivanoff (Tribuna de periodistas)

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